Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0637/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-28

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0637/2006

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, diciembre de 2.006.-

Al escrito de fs. 74/94:

Por presentado, parte en representación del sr. Castro y constituido el domicilio.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

Sin perjuicio de ello existiendo divergencias en el nombre del sr. Castro conforme surge del poder acompañado y escrito en despacho, a los fines de evitar perjuicios, aclárese dicha circunstancia.-

Por acreditada la personería con relación a los sres. Cintia Celia Castro y Christian Riddel Mackinlay .-

Tiénese presente la aclaración formulada.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Al escrito de fs. 96:

Agréguese.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro