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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0637/2006
Fecha: 2006-12-28
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0637/2006
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MACKINLAY CHRISTIAN RIDDEL Y OTROS S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2.006.-
Al escrito de fs. 74/94:
Por presentado, parte en representación del sr. Castro y constituido el domicilio.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Sin perjuicio de ello existiendo divergencias en el nombre del sr. Castro conforme surge del poder acompañado y escrito en despacho, a los fines de evitar perjuicios, aclárese dicha circunstancia.-
Por acreditada la personería con relación a los sres. Cintia Celia Castro y Christian Riddel Mackinlay .-
Tiénese presente la aclaración formulada.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Al escrito de fs. 96:
Agréguese.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro