Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0753/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-27

Carátula: MORA JARA CARLOS FRANCISCO C/ CIANCAGLINI LUIS FERNANDO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Descripción: PROVIDENCIA SUSANA

EXPTE. Nº: 0753/2006.-

CARATULA: "MORA JARA CARLOS FRANCISCO C/ CIANCAGLINI LUIS FERNANDO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA".-

Viedma, diciembre de 2006.-

Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-

Toda vez que no se da en la especie el supuesto previsto en el art. 69 ap. 2º del C.Pr. por cuanto el expediente nº 20/2005 -mencionado por el peticionante- no es incidental de éste, ni este es incidental de aquel, a la suspensión solicitada no ha lugar.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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