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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0753/2006
Fecha: 2006-12-27
Carátula: MORA JARA CARLOS FRANCISCO C/ CIANCAGLINI LUIS FERNANDO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0753/2006.-
CARATULA: "MORA JARA CARLOS FRANCISCO C/ CIANCAGLINI LUIS FERNANDO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA".-
Viedma, diciembre de 2006.-
Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-
Toda vez que no se da en la especie el supuesto previsto en el art. 69 ap. 2º del C.Pr. por cuanto el expediente nº 20/2005 -mencionado por el peticionante- no es incidental de éste, ni este es incidental de aquel, a la suspensión solicitada no ha lugar.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro