Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0196/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-27

Carátula: MADERS GEORGINA C/ VAZQUEZ OSCAR EDUARDO Y OTRO S/ DESALOJO

Descripción: NOT. LEY 869 EXPTES. ARCHIVO prof. y condenado en costas

C E D U L A

Señor: Ismael Mussi-Oscar Eduardo Vazquez-Dr. Eduardo Antonio Allende

Domicilio: Irigoyen 227 (const)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MADERS GEORGINA C/ VAZQUEZ OSCAR EDUARDO Y OTRO S/ DESALOJO ", Expte. Nº 0196/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre de 2.006.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes y los obligados en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Ana Carolina Scoccia- Secretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2006.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro