Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 18541III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-27

Carátula: RUIZ POSSE Julio Emilio S/ Sucesión

Descripción: se ordena oficio RPI.-

General Roca, 21 de diciembre de 2.006.-

Agréguese y téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-

Atento el estado de autos, regulo los honorarios del Dr. FEDERICO RAFFO BENEGAS, por las tres etapas, respecto del 50% del inmueble 5-1-D-914-19, perteneciente al causante en condominio, en la suma de $ 1870.. a cargo de los herederos y en la suma de $ .935.. a cargo de la cónyuge supérstite.-(MB:$ 26.638 -valuación fiscal agregada a fs.100- (arts.6,7,24 y 43 Ley 2212 RN).

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 27 de Diciembre de 2006.-

Agréguese la boleta de aportes acompañada.-

En atención a lo solicitado y estado de autos, líbrese oficio de estilo al Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente a fin de inscribir la declaratoria de herederos respecto del inmueble N.C: 05-1-D-914-19.-

Facultase al Dr.Federico Raffo Benegas a diligenciamiento del oficio ordenado como así también a suscribir las minutas correspondientes.-

Al Otrosi digo:Téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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