Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0687/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-21

Carátula: GRAZIANO NESTOR LUIS C/ VAN DER SANDT GABRIEL S/ EJECUTIVO

Descripción: REG.HONOR.EJEC.SENTENCIA (4 JUS)

EXPTE. Nº 0687/2004

CARATULA: GRAZIANO NESTOR LUIS C/ VAN DER SANDT GABRIEL S/ EJECUTIVO

Viedma, diciembre de 2.006.-

Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Leandro Sferco y Manuel Maza, en forma conjunta, por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 200 (4 Jus) -art. 8 L.A.-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Conforme las constancias de autos y atento lo solicitado a fs. 45, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, como empleado de U.P.C.N. hasta cubrir la suma de $ 200 en concepto de honorarios por ejecución de sentencia. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. Manuel Maza y/o Leandro Sferco y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 200 debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada. Previamente, cúmplase con la ley 869.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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