Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0495/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-19

Carátula: BORZACCHINI DE CAILOTTO AMELIA C/ MACEDO IRMA MABEL Y OTRO S/ SUMARIO - DESALOJO

Descripción: SE ORDENA NUEVA NOTIF. NO SE CUMPLIO ARTS. 683/4

EXPTE. Nº:0495/2006

CARATULA: BORZACCHINI DE CAILOTTO AMELIA C/ MACEDO IRMA MABEL Y OTRO S/ SUMARIO - DESALOJO

Viedma, diciembre de 2006.-

Atento el estado de autos, toda vez que con la promoción de la presente acción se solicita el desalojo del inmueble en cuestión y advirtiéndose que en la diligencia realizada a fs. 20 respecto al domicilio del inmueble locado no se ha dado cumplimiento con las previsiones establecidas en los arts. 683 y 684 del C.Pr., de acuerdo a lo previsto en el art. 34 ap. 5 inc. b del C.Pr., corresponde ordenar se libre nueva cédula, la que deberá limitarse únicamente a identificar a todos los ocupantes del inmueble e informar el carácter que invoquen los mismos, a quienes en el mismo acto los emplazará a ejercer sus derechos dentro del plazo para contestar la demanda y haciéndoles saber que la sentencia que se dicte producirá efectos contra ellos, todo conforme lo previsto en los arts. 683 y 684 del C.Pr..-

En consecuencia, a lo peticionado, en este estado no ha lugar.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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