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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33251III
Fecha: 2006-12-19
Carátula: CREDIL S.R.L. c/TERK Rubén D. S/ Ejecutivo
Descripción: Ordena Levant. embargo
Sra. Juez:
Habiéndonos comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia SA, sucursal local, se informó directamente a Secretaría que el saldo de la cuenta perteneciente a los autos CREDIL S.R.L. c/TERK Rubén D. S/ Ejecutivo (Expte. Nro. 33251III), Nro. 122009403 registra un saldo de $ 0,00 y la cuenta Nro. 730091276 registra un saldo de $0,00 encontrándose cancelada, todo al día 15.12.06.-
Secretaría, 19 de diciembre de 2006.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 19 de DICIEMBRE de 2006.-
Téngase presente el informe que antecede y lo peticionado.-
Líbrese oficio a la empleadora (POLICIA DE RIO NEGRO) a fin de que proceda al levantamiento de embargo trabado oportunamente sobre los sueldos del demandado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro