Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32406IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-14

Carátula: SCOTIABANK QUILMES S.A. c/DISIOT MAKOVAZ Franco J. y O. S/ Ejecutivo

Descripción: No ha lugar

//neral Roca, 14 de JULIO de 2005._

Agréguese.

Intímese a la empleadora para que en el plazo de cinco dias de notificada de cumplimiento con el embargo ordenado mediante oficio 535 del 17-03-04 bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC y con transcripción del mismo.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 14 de JULIO de 2005.-

Advirtiendo en este estado que la empleadora Municipalidad de General Roca a fs. l44 contesto que al Oficio No 535 de fecha l7/03/2004 ( ampliación de embargo) no va a poder dar cumplimiento porque al término el originario embargo de éste continuan otra causas, revocáse por contrario el proveido de fs.l62.-

A lo solicitado a fs. l62, no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro