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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32406IV
Fecha: 2005-07-14
Carátula: SCOTIABANK QUILMES S.A. c/DISIOT MAKOVAZ Franco J. y O. S/ Ejecutivo
Descripción: No ha lugar
//neral Roca, 14 de JULIO de 2005._
Agréguese.
Intímese a la empleadora para que en el plazo de cinco dias de notificada de cumplimiento con el embargo ordenado mediante oficio 535 del 17-03-04 bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC y con transcripción del mismo.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
//neral Roca, 14 de JULIO de 2005.-
Advirtiendo en este estado que la empleadora Municipalidad de General Roca a fs. l44 contesto que al Oficio No 535 de fecha l7/03/2004 ( ampliación de embargo) no va a poder dar cumplimiento porque al término el originario embargo de éste continuan otra causas, revocáse por contrario el proveido de fs.l62.-
A lo solicitado a fs. l62, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro