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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37032
Fecha: 2005-07-14
Carátula: MORA Gerardo y otra S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: inicio
//neral Roca, 14 de julio de 2.005.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante esta Secretaria a mi cargo tramitan los autos caratulados: "MORA GERARDO Y OTRA C/BAITMAN MARIO Y OTROS S/SUMARIO" (37.030-III-05)" en los cuales a fs. 15 vta. se encuentran denunciados los domicilios de:
Mario Baitman: Rioja 1086, de la ciudad de Rosario, Provincia de Sta. Fe.
Daniel Aroca: con domicilio laboral en Gelonch 721 de General Roca.-
Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincai de Rio Negro: con domicilio en Laprida 240, de Viedma, Río Negro.-
Secretaría, 14 de julio de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 14 de julio de 2.005.-
Téngase presente la certificación que antecede y cítese a los futuros demandados a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula ley a Rosario y cédula directa a Viedma.-
A fin de citar a Daniel Aroca, deberá denunciarse el domicilio real del mismo.
Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, a fs. 9, fíjase la audiencia del día 20 de octubre de 2.005, a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 02 de noviembre de 2.005 a las 8,30 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-
Líbrese oficios al RPI, R.P.A., D.G.R, y Policía de la Provincia del Neuquén, a fin de que informen sobre lo requerido.
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro