Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37709

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-14

Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. c/PIERGENTILI Roberto Osvaldo S/ Ejecución Hipotecaria

Descripción: Regulación

//neral Roca, 14 de DICIEMBRE de 2006.=

Téngase presente el desistimiento de acción formulado por la actora.

Regulo los honorarios del Dr. Adolfo Kohon en la suma de $...120....- y los de la Dra. Lisa Gabriela Canero en $300.....- (M.B. $ 11.624,88.-...arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Previo a lo peticionado cúmplase con Caja Forense.

Asimismo oportunamente, pasen en vista a RENTAS-

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Poder Judicial de Río Negro