include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0713/2006
Fecha: 2006-12-13
Carátula: MORON DAMIAN DARIO C/ LOPEZ EDGARDO ANGEL S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA
EXPTE. Nº 0713/2006
CARATULA: MORON DAMIAN DARIO C/ LOPEZ EDGARDO ANGEL S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, diciembre de 2006.-
Por interpuesto recurso de revocatoria, con apelación en subsidio.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que los argumentos vertidos por el recurrente no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 6, ello por cuanto la providencia atacada solamente dispone que la presente ejecución tramitará en forma independiente al principal y que deberá acompañarse la correspondiente declaración jurada, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose la providencia atacada y haciéndose lugar sólo a la realización del sorteo de Cámara, que se efectuará una vez cumplido el acompañamiento de la declaración jurada de apertura a juicio dispuesta por el Superior Tribunal de Justicia.-
Por similares razones y no dándose los supuestos del art. 242, inc. 3 C.Pr., a la apelación interpuesta subsidiariamente, no ha lugar.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro