include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36081
Fecha: 2006-12-13
Carátula: NIASA- Nissho Iwai Arg. SA C/BAVASTRI Elsa S. y Otros S/ Ejecutivo
Descripción: Ordena Interventor
//neral Roca, 13 de DICIEMBRE de 2006.-
Al punto I, agréguese y téngase presente.-
Al punto II, III y IV, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, trábese embargo sobre las recaudaciones diarias de los comercios propiedad del demandado cuyas licencias comerciales son Nro. 7213 y 7221 (Avda. Mitre y O'Higgins y en calle Avda. Cipolletti 70, ambos de Villa Regina), haciéndose efectiva la medida hasta cubrir las sumas de $ 13.093,42 en concepto de capital con más la de $ 5.000.- calculados para intereses y costas.-
Desígnase a esos efectos como interventor recaudador a HORACIO JOSE PROSETTO, a fin de que se trabe embargo sobre el 30 % de la recaudación diaria hasta cubrir las sumas ut supras mencionadas, debiendo depositarse y/o transferirse las mismas en el Banco Patagonia SA, sucursal local, en la cuenta de autos y a la orden del Tribunal. La medida ordenada se efectuará con habilitación de día y horas inhábiles.-
Notifíquese al interventor designado, asimismo autorízase al mismo a verificar la documentación expedida por la Caja como asimismo a requerir el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario.-
Expídase testimonio.-
Al punto V, atento lo solicitado y para el diligenciamiento de los mandamientos ya ordenados a fs.119, desígnase oficial de justicia AD-HOC al sr. HORACIO JOSE PROSETTO quien actuará en tal carácter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la que deberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del tercer día bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro