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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36200
Fecha: 2006-12-13
Carátula: ESCHUDI María Julieta C/ROJAS Daniel y otro S/ Sumario
Descripción: homologacion//regulacion
General Roca, 13 de diciembre de 2.006.-
Téngase presente y homológase con fuerza de sentencia, el acuerdo arribado por las partes a fs. 105.-
Téngase presente los honorarios pactados de la Dra. Flavia Lorena Rojas.-
Regulo los honorarios del Dr. Marcelo Javier Avila en la suma de $ ...150......y por su actuación los del Dr. Oscar Ismael Pineda en la suma de $ 150...(M.B. $ 2.000), a cargo de Daniel Rojas.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Hágase saber que deberá darse cumplimiento con la notificación ordenada a fs. 111.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro