Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37151

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-13

Carátula: Banca N. del LAVORO SA C/PEREYRA Néstor Julio y Otros S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena oficio.-

//neral Roca, 13 de Diciembre de 2006.-

Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el codemandado Sr. Nestor Julio Pereyra DNI 10.185.503 en los autos caratulados:PEREYRA NESTOR JULIO Y OTRA C/MIRABETE SIMON Y OTRA S/SUMARIO Expte.No 31.339- CJ 5-2006 en trámite an tel Juzgado Civil No CINCO-Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad a cuyo efecto y toma de razón líbrese el correspondiente oficio, haciendose efectiva la medida hasta cubrir las sumas detalladas a fs.21.-

Los fondos embargados deberan ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro