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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37151
Fecha: 2006-12-13
Carátula: Banca N. del LAVORO SA C/PEREYRA Néstor Julio y Otros S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 13 de Diciembre de 2006.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el codemandado Sr. Nestor Julio Pereyra DNI 10.185.503 en los autos caratulados:PEREYRA NESTOR JULIO Y OTRA C/MIRABETE SIMON Y OTRA S/SUMARIO Expte.No 31.339- CJ 5-2006 en trámite an tel Juzgado Civil No CINCO-Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad a cuyo efecto y toma de razón líbrese el correspondiente oficio, haciendose efectiva la medida hasta cubrir las sumas detalladas a fs.21.-
Los fondos embargados deberan ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro