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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37722
Fecha: 2006-12-12
Carátula: CREDITO CONFIANZA .A. C/RADIO REGINA S/ Ejecución Multa
Descripción: inicio
General Roca, 12 de diciembre de 2006.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante esta Secretaría a mi cargo, tramitan los autos caratulados:"CREDITO CONFIANZA S.A. C/ALONSO CARLOS GUSTAVO S/EJECUTIVO" (37395-III-06), en los cuales a fs. 31 obra agregada cédula a Radio Regina, en el que se le notifica que se le hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del C.P.C, correspondiendo la aplicación a la empleadora, de $ 12 por cada día de retardo, en concepto de multa, habiéndose notificado RADIO REGINA en fecha13 de octubre de 2.006.-
Secretaría, 12 de diciembre de 2.006.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 12 de diciembre de 2.006.-
Atento la certificación que antecede, téngase por iniciado el presente trámite por la suma de $ 384 (32 días corridos, a partir del 13 de octubre de 2006 al 15 de noviembre del mismo año) en concepto de capital, con más la suma de $ 300 que se calculan para costas.-
Para su cumplimiento líbrese mandamiento de embargo a diligenciar por el Oficial de Justicia del Tribunal de Villa Regina.-
Cítese de venta por el término de cinco días. Not.-
A la planilla de liquidación de intereses, no ha lugar por cuanto se computa por día de retardo sin accesorios.-
Déjese constancia en los autos principales.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro