include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37726
Fecha: 2006-12-11
Carátula: SALTO Manuel c/RODRIGUEZ Raul y Otros S/ Sumario
Descripción: Sumario-Inicio
//neral Roca, 11 de diciembre de 2006.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce, que tramitará según las normas del proceso sumario (artículo 320 CPC), traslado al demandado RAUL RODRIGUEZ y MIGUEL ANGEL VIERO por el término de DIEZ DIAS, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 357 y 486 del Código citado y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía (art. 59 y 356 CPC). NOTIFIQUESE a cuyo efecto líbrense cédulas a Villa Regina.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a RIO URUGUAY COOP. DE SEGUROS a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de TREINTA días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a la ciudad de Concepción del Uruguay, Entre Ríos.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Deposítese en caja fuerte la documentación acompañada.-
Se deja constancia que la documental de fs. 50/52 y 57/77 son sólo fotocopias simples.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de 42/83. Conste.-
Nota: de haberse iniciado los autos "SALTO Manuel Ceferino S/ Beneficio de Litigar sin Gastos" (Expte. Nro. 37716). Conste.-
Secretaría, 11 de diciembre de 2006.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
<*****>
Poder Judicial de Río Negro