Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0686/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-07

Carátula: CASTILLO PATRICIA BIBIANA C/ ARREDONDO ENRIQUE Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: Sancor Cooperativa de Seguros Limitada - Dres. Juan Carlos Perrote - Pablo Sergio Mao

Domicilio: Moreno 415 - Planta Baja (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CASTILLO PATRICIA BIBIANA C/ ARREDONDO ENRIQUE Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0686/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre 07 de 2.006.-Atento el estado de autos y por razones de mejor servicio, modifícase la fecha de la audiencia fijada a fs. 202, la que se señala para el día 28 de FEBRERO de 2.007 a las 9.30 horas. Notifíquese.- Fdo. Dr. Alejandro J. E. Moldes - Juez - La providencia de fs. 202 en su parte pertinente dice: Viedma octubre 26 de 2.006.- Atento el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa y conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día ... a las ... horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese.-

Fdo. Dr. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2006.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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