Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37720

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-07

Carátula: CARMAR SRL C/NAMOR Diego Alberto S/ Ejecución Prendaria

Descripción: prendaria//inicio

General Roca, 07 de diciembre de 2.006.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Líbrese mandamiento de ejecución, embargo y secuestro, con habilitación de día y hora, contra el ejecutado, por las sumas de $ 4.843,80.- importe del crédito que se reclama en autos, con más la de $ 2000.- que se presuponen “prima facie” para responder a intereses, costos y costas del juicio, citándose de remate a cuyo efecto se le notifica que si no opone excepciones en el término de cinco días perentorios (art. 600 C.P.C.) se mandará llevar adelante la ejecución y se ordenará la venta de la prenda ( arts. 26 y 29 del Dec. Ley N* 15.348 ratificado por la ley 12.962), debiendo igualmente dentro del mismo plazo constituir domicilio legal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Tribunal (art. 40 y 41 C.P.C.).-

Para su cumplimiento, líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de Catriel

Téngase presente la persona facultada para su diligenciamiento.- Líbrese oficio al Registro de Créditos Prendarios a los efectos de que proceda a trabar embargo sobre los bienes detallados a fs. 9.-

Deposítese en Caja Fuerte la documentación original de fs. 6/8.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dr. RICHAR GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-

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