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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0467/2005
Fecha: 2006-12-06
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ EGLER NORA CATALINA S/ ORDINARIO
Descripción: PROV. ARMANDO
EXPTE. Nº : 0467/2005.-
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ EGLER NORA CATALINA S/ ORDINARIO.-
Viedma, diciembre de 2006.-
Si bien es cierto que la parte actora ha denunciado como domicilio de la demandada en la localidad de Sierra Grande tambien es cierto que ante el desconocimiento del domicilio de la misma y efectuada que fuera la correspondiente información sumaria, no fue posible encontrar su domicilio, por lo que se entiende que la designación del defensor de ausentes debe recaer en la defensoría donde radica el Juzgado que interviene en la presente causa, por todo ello, a lo solicitado por la sra. Defensora no ha lugar, debiendo volver las actuaciones a su despacho a los mismos fines dispuestos a fs. 96.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro