Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0555/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-06

Carátula: CALVO DE MINGO ANGELA MARIA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Jorge Raúl Boland

Domicilio: Sarmiento 253 (const)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CALVO DE MINGO ANGELA MARIA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)", Expte. Nº 0555/2003, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, diciembre 4 de 2.006.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Rechazar la demanda interpuesta a fs. 27/39 por la sra. Angela María Calvo de Mingo en contra la Municipalidad de Viedma.--.II. Imponer las costas a la parte actora (art. 68 C.Pr.) y regular los honorarios de los Dres. Luis Fernando Sabbatella y Maximiliano Faroux, en conjunto, en la suma de $ 10.850 (coef. 12 % + 40 %), los del Dr. Guillermo Federico Campano en la suma de $ 4.975 (coef. 50 % del 11 % + 40 %), los de los Dres. Paula Verónica Fredes y Carlos Alberto Larrañaga, en conjunto, en la suma de $ 6.330 (coef. 7 % + 40 %), los de la perito psicóloga sra. María Valeria Curzi en la suma de $ 1.000 y los del perito médico Dr. Jorge Raúl Boland en la suma de $ 1.000 (MB: $ 64.589). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

-.III. Regular los honorarios profesionales, por la incidencia de fs. 76/78, a la Dra. Paula Verónica Fredes en la suma de $ 995 (coef. 10 % del 11% + 40 %; MB: $ 64.589). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.--.IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, diciembre de 2.006.-

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Poder Judicial de Río Negro