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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37443CPD
Fecha: 2006-12-06
Carátula: RAMASCO Carlos c/GILES Manuel y otra S/ Ordinario (C.P.D.)
Descripción: prueba proveida
General Roca, 06 de diciembre de 2.006.-
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada:
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Carlos Ramasco, fíjase la audiencia del día 02 de marzo de 2.007 a las 8,00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Not.-
TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Oscar Ruiz y Adel9ino Favretto, fíjase la audiencia del día 07 de marzo de 2.007 a las 8.00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificado a la del día 06 de abril de 2007 a las 9,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante oficio al Juez de Paz de Cervantes y cédula a Villa Regina.-
Para la declaración de Francisco Lopez y Omar Dominguez fíjase la audiencia del día 08 de marzo de 2.007 a las 10,00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificado a la del día 12 de abril de 2.007 a las 10,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante oficio al Juez de Paz de Cervantes y cédula a General Roca.-
Para la declaración testimonial de Juan Cristino Lopez, fíjase la audiencia del día 09 de marzo de 2007 a las 8,00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificado a la del día 17 de abril de 2007 a las 9,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante oficio al Juez de Paz de Cervantes y cédula a General Roca.-
INSTRUMENTAL: A fin de que remitan los expedientes detallados a fs. 1 vta (27963-J.5-02///329-J.1-01 y 239737-J.6), líbrese oficio al Juzgado Civil Cinco y al Juzgado Civil 1.-
Asimismo líbrese oficio al Juzgado Civil N* 6 de Neuquen Capital, a fin de que informen lo peticionado en el punto k de fs. 2.-
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de diez días las entidades privadas y treintas las públicas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C. líbrese oficio al Servicio Nacional de Sanidad Animal, Dirección Provincial de Rentas, CO.PRO.SA., Juzgado de Paz de Cervantes, Dirección de Catastro y Topografía, Comisaría de Cervantes, Veterinaria Carrillo, Dirección de Ganadería y Municipalidad de Cervantes, Juzgado de Paz de Gral Roca, Municipalidad de Cervantes, Senasa y Dirección de Ganadería.-
PERICIAL AGRONOMICA: De los puntos de pericia, traslado.-
Dr. RICHAR GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro