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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0115/2002
Fecha: 2006-12-05
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ HARO OLGA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION
EXPTE. No 0115/2002
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ HARO OLGA DEL CARMEN S/ EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2006.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 43 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 408,95 en concepto de intereses de capital, honorarios y aporte, calculados al 30/09/06, modificado que fuera el rubro costas, toda vez que al monto correspondiente al colegio de abogados se le restó la suma de $ 2,00 (bono ley 2097) y a sellos se redujo al 50% ($ 3,00) y el rubro pagos se adecuó conforme los estados de cuentas bancarias obrantes a fs. 26 y 35/38.-
a.p.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro