Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13703-014-06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-05

Carátula: TRAVERS IRIONDO JOSEFINA Y OTRO / CATALAN EMELINA Y OTROS S/ REIVINDICACION

Descripción: Autos y Vistos

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:13703-014-06

Tomo:

Auto Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, de diciembre de 2006.-

- - VISTOS: Los autos caratulados: “TRAVERS IRIONDO JOSEFINA Y OTRO C/CATALAN EMELINA Y OTROS S/ REIVINDICACION (RES).- 04731-05”, expte. nro. 13703-014-06 (reg.cám),luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-; ---------------------------------------

- - - Y CONSIDERANDO: I.- Que a fs.115/118, la parte demandada interpone -en gestión ratificada a fs.123- recurso de Casación en contra de la resolución de fs. 104/106 de los presentes.------------

- - - II.- Que a fs. 126/127 se dicta auto interlocutorio intimando a los recurrentes a integrar la suma de $ 50.-, bajo apercibimiento de ley, de lo que son notificados a fs. 128 y vta. sin dar cumplimiento a lo requerido.------------------------------------------------------

- - - III.- Que a fs. 129, la parte actora solicita se haga efectivo el apercibimiento y se declare desierto el recurso interpuesto.- Por ello,----------------------------------------------------------------

LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL:

- - - RESUELVE: I) DECLARAR desierto el recurso de Casación interpuesto a fs.115/118, con costas.--------------------------------

- - - II.- NOTIFIQUESE, regístrese, protocolícese y oportunamente vuelvan los presentes a su instancia de origen.

EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO LUIS MARIA ESCARDO

JUEZ JUEZ JUEZ

ANTE MI: ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

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