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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0443/2004
Fecha: 2006-12-01
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GIMENEZ JOSE LUIS S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDAC. CREDIL- OF EMBARGO Y BCO
EXPTE. Nº 0443/2004
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ GIMENEZ JOSE LUIS S/ EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2006.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 80 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, en la suma de $ 400,91 de la que corresponde $ 72,53 a Intereses de Honorarios, $ 9,63 Aporte Caja Forense y $ 40,44 a I.V.A. de la Dra. Scoccia; y $ 278,31 a Intereses de Capital al 30-09-2006, adecuada que fue conforme los parámetros de sentencia.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, como empleado de la Policía de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 137 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 150 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 122,60 por Honorarios y al Dr. Cristian Mildenberger la de $ 278,31 por capital, debiéndose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del C. Pr. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro