Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 22570III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-01

Carátula: TORREANO Juan Alfredo S/ Sucesión

Descripción: Regulación

//neral Roca, 1 de DICIEMBRE de 2006.=.

Agréguese.

Por su actuación en la tercer etapa regulo los honorarios del Dr. Santiago Antonio Hernández en la suma de $ 820.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 410.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 32.689,45.- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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