Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37674

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-01

Carátula: PEREZ BAMBILL Margot E. c/INOSTROZA Juan M. y Otro S/ Desalojo

Descripción: rebeldiaç

General Roca, 01 de diciembre de 2.006.-

Conforme con lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada e informando el actuario en este acto, encontrándose vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparezca a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, dásele por perdido el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, haciéndose efectivo el apercibimiento que determina el art. 59 del C.P.C., declárase rebelde en el juicio al demandado: JuanMarcelo Inostroza y Raúl Emilio Fantino, teniéndoseles por contestada la demanda en rebeldía. Notifíquese esta providencia en la forma prevista por la citada disposición legal, librándose cédula a Cipolletti.-

Previo a declarar la cuestión de puro derecho, notifíquese lo proveido precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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