Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37207

N° Receptoría:

Fecha: 2006-12-01

Carátula: COOP. CREDIALLEN Ltda. C/ IBARRA Claudio J. S/ Ejecución de Sentencia

Descripción: A cheque-Regula

//neral Roca, 1 de DICIEMBRE de 2006.=

Proveyendo el escrito de fs. 43, del depósito adjuntado, traslado.

Proveyendo el escrito de fs. 47, líbrese cheque a la orden de Sebastian O. Rey por la suma de $ 320,20.- en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs 37.

Téngase presente la caución personal ofrecida.

Atento el estado de autos regulo los honorarios del Dr. Sebastian O. Rey en la suma de $..75...-(M.B. 1.217,95 -retiros efectuados-.......arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En........se libró cheque N°........-CONSTE.

En.........retiro cheque Dr. REY. Conste.

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro