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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37207
Fecha: 2006-12-01
Carátula: COOP. CREDIALLEN Ltda. C/ IBARRA Claudio J. S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: A cheque-Regula
//neral Roca, 1 de DICIEMBRE de 2006.=
Proveyendo el escrito de fs. 43, del depósito adjuntado, traslado.
Proveyendo el escrito de fs. 47, líbrese cheque a la orden de Sebastian O. Rey por la suma de $ 320,20.- en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs 37.
Téngase presente la caución personal ofrecida.
Atento el estado de autos regulo los honorarios del Dr. Sebastian O. Rey en la suma de $..75...-(M.B. 1.217,95 -retiros efectuados-.......arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En........se libró cheque N°........-CONSTE.
En.........retiro cheque Dr. REY. Conste.
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Poder Judicial de Río Negro