Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0666/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-28

Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ GARCIA LIA ISABEL Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: PROV. ARMANDO

EXPTE. Nº : 0666/2002.-

CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ GARCIA LIA ISABEL Y OTRA S/ EJECUTIVO.-

Viedma, noviembre de 2006.-

Agréguese.-

Atento lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias obrantes en la causa, en especial lo informado a fs. 36/37, líbrese oficio al IPROSS de Río Negro, a los fines que informe el número de cuenta en donde se efectuaron los depósitos de las sumas embargadas en autos, caso contrario, intímase a dicho organismo a dar estricto cumplimiento con el embargo decretado y comunicado mediante oficio n° 843/03, bajo apercibimiento de ley, debiendo transcribirse los arts. 398 y 399 del C. Pr..-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro