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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0168/2003
Fecha: 2006-11-28
Carátula: PEREZ HORACIO ANTONIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0168/2003
CARATULA: PEREZ HORACIO ANTONIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, noviembre de 2006.-
En los términos del art. 502 primer párrafo del código citado, trábese embargo sobre los bienes muebles de la demandada que se denuncian, hasta cubrir la suma de $ 2.391,45, en concepto de capital, con más la suma de $ 600, que se presupuestan provisoriamente para responder por intereses, costos y costas del juicio, a cuyo fín líbrese el correspondiente mandamiento, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Queda la Secretaria y/o Prosecretaria autorizada a suscribir el mandamiento.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro