Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0372/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-28

Carátula: MARTINEZ JUAN CARLOS C/ MOYANO HECTOR RAUL Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: TOMA RAZON DE EMBARGO DECRETADO POR OTRO JUZGADO

EXPTE. Nº : 0372/2003

CARATULA: MARTINEZ JUAN CARLOS C/ MOYANO HECTOR RAUL Y OTRA S/ EJECUTIVO

Viedma, noviembre de 2006.-

Por recibido oficio. Atento lo solicitado, tómese razón del embargo decretado sobre las sumas que tenga o llegare a tener a percibir el sr. Juan Carlos Martinez, hasta cubrir la suma de $ 15.588,43 -monto reclamado- con más la suma de $ 4.980 -presupuestado-. Comuníquese de la anotación de la medida al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 1 de Viedma librándose el correspondiente oficio. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-

En los términos del art. 198 del C. Pr. notifíquese la medida cautelar trabada.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro