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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0372/2003
Fecha: 2006-11-28
Carátula: MARTINEZ JUAN CARLOS C/ MOYANO HECTOR RAUL Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: TOMA RAZON DE EMBARGO DECRETADO POR OTRO JUZGADO
EXPTE. Nº : 0372/2003
CARATULA: MARTINEZ JUAN CARLOS C/ MOYANO HECTOR RAUL Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2006.-
Por recibido oficio. Atento lo solicitado, tómese razón del embargo decretado sobre las sumas que tenga o llegare a tener a percibir el sr. Juan Carlos Martinez, hasta cubrir la suma de $ 15.588,43 -monto reclamado- con más la suma de $ 4.980 -presupuestado-. Comuníquese de la anotación de la medida al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 1 de Viedma librándose el correspondiente oficio. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-
En los términos del art. 198 del C. Pr. notifíquese la medida cautelar trabada.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro