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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0220/2002
Fecha: 2006-11-28
Carátula: MARTINEZ JUAN CARLOS C/ BERROCAL EDUVIGES GRACIELA Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: TOMA RAZON DE EMBARGO DECRETADO POR OTRO JUZGADO
EXPTE. Nº : 0220/2002
CARATULA: MARTINEZ JUAN CARLOS C/ BERROCAL EDUVIGES GRACIELA Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2006.-
Por recibido oficio. Atento lo solicitado, tómese razón del embargo decretado sobre las sumas de dinero que tenga o llegare a tener a percibir el sr. Juan Carlos Martinez hasta cubrir la suma de $ 15.588,43 en concepto de capital, honorarios, intereses y adicionales, con más la suma de $ 4.980 -presupuestado-. Comuníquese de la anotación de la medida al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 1 de Viedma librándose el correspondiente oficio. Asimismo, hágase saber que habiéndose cancelado el crédito reclamado en las presentes actuaciones se ha decretado el archivo de las mismas. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-
En los términos del art. 198 del C. Pr. notifíquese la medida cautelar trabada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro