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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0604/2006
Fecha: 2006-11-28
Carátula: CLUB NAUTICO LA RIBERA C/ ALGAÑARAS JULIAN Y OTRO S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: prov
EXPTE. N° 0604/2006
CARATULA: CLUB NAUTICO LA RIBERA C/ ALGAÑARAS JULIAN Y OTRO S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Viedma, noviembre de 2006.-
Por presentado, parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Hágase saber a la contraria el pago efecutado a fs. 43/44. Notifíquese.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
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Poder Judicial de Río Negro