Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0604/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-28

Carátula: CLUB NAUTICO LA RIBERA C/ ALGAÑARAS JULIAN Y OTRO S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS

Descripción: prov

EXPTE. N° 0604/2006

CARATULA: CLUB NAUTICO LA RIBERA C/ ALGAÑARAS JULIAN Y OTRO S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS

Viedma, noviembre de 2006.-

Por presentado, parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Hágase saber a la contraria el pago efecutado a fs. 43/44. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

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Poder Judicial de Río Negro