Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0872/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-27

Carátula: QUIÑIGUAL JUAN CARLOS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE LA PROVINCIA) Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: PROV. ARMANDO

EXPTE. Nº : 0872/2003.-

CARATULA: QUIÑIGUAL JUAN CARLOS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE LA PROVINCIA) Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Viedma, noviembre de 2006.-

Al escrito de fs. 164:

Por presentados, parte en el carácter invocado conforme el poder acompañado y constituído el domicilio.-

Hágase saber al Dr. Dvorzak, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Proveyendo a fs. 165:

Agréguese y hágase saber.-

a.p.

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro