Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0019/90/6

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-27

Carátula: ESPINDOLA MARIA CRISTINA Y CAPELLO GUILLERMO MARIO S/ DIVORCIO VINCULAR

Descripción: C.F. TIENESE PRESENTE PAGO y CONFORMIDAD

EXPTE Nº 0019/90/6

CARATULA: ESPINDOLA MARIA CRISTINA Y CAPELLO GUILLERMO MARIO S/ DIVORCIO VINCULAR

Viedma, noviembre de 2006.-

Por presentado, parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Agréguese la boleta de depósito acompañada. Tiénese presente la conformidad de la Caja Forense.-

A lo demás, estése a la incripción ordenada en el punto 4 del resolutorio de la sentencia de fs. 20/21.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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