Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0601/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-27

Carátula: CASTILLA CARLOS HORACIO Y OTRA C/ ARTERO ROBERTO ENRIQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: INIC.SUMARIO

EXPTE. N° 0601/2006

CARATULA: CASTILLA CARLOS HORACIO Y OTRA C/ ARTERO ROBERTO ENRIQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, noviembre de 2.006.-

Por ampliada la presente demanda.-

Agréguese el certificado acompañado, debiendo en su oportunidad estarse a lo requerido a fs. 35.-

Conforme lo manifestado y constancias de autos, déjase sin efecto lo solicitado en el último párrafo de la providencia de fs. 35.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a los demandados Roberto Enrique Artero y Elba Leonor Landaburo por el término de once (11) días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen la prueba documental de que intenten valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Tiénese presente la reserva formulada a fs. 33/34.-

Dése intervención a la Sra. Asesora de Menores, a cuyo fin pasen los autos a su despacho.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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