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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0515/2006
Fecha: 2006-11-23
Carátula: VERA SALGADO RAUL ANDRES C/ MUÑOZ ROBERTO RAMON Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CONTESTAN DEMANDA-PROV.
EXPTE. Nº : 0515/2006.-
CARATULA: "VERA SALGADO RAUL ANDRES C/ MUÑOZ ROBERTO RAMON Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
VIEDMA, noviembre de 2006.-
Proveyendo a fs. 114/117: Por presentado, parte y por constituído domicilio.-
Por contestada en tiempo y forma la demanda, de las excepciones opuestas, traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Proveyendo a fs. 118/122: Por presentado, parte y por constituído domicilio.-
Por contestada en tiempo y forma la demanda, de las excepciones opuestas, traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro