Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1189/01/5

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-23

Carátula: CASTILLO AGUSTINA ROSALIA C/ CELLERINO LEOPOLDO MARTIN Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA

EXPTE. Nº 1189/01/5

CARATULA: CASTILLO AGUSTINA ROSALIA C/ CELLERINO LEOPOLDO MARTIN Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, noviembre de 2006.-

Atento lo peticionado y teniendo a la vista los originales acompañados en el Expte. n° 547/04, agréguense las cartas documentos procediéndose a su certificación por Secretaría.-

En consecuencia, tiénese presente la revocación del mandato oportunamente conferido.-

Atento lo peticionado, el estado de autos, teniendo en cuenta que no se ha dictado sentencia definitiva, habiéndose merituado las tareas útiles realizadas (art. 6 ley 2212) y tomándose como monto base el 50 % del monto reclamado (art. 20 ley 2212), corresponde regular los honorarios del Dr. Marcelo Manuel Maza en la suma de $ 3.950 (coef. 50 % del 7 % + 40 %) -M.B.: $ 80.631,50; 50 % monto reclamado- (arts. 6, 7, 20, 21, 37, 40 y 48 L.A.). Notifíquese en el domicilio real y cúmplase con la ley 869.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

CONSTANCIA: De haberse dado cumplimiento con la certificación ordenada precedentemente. Conste.-

SECRETARIA, noviembre de 2.006.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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