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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0407/01/5
Fecha: 2006-11-22
Carátula: BREITMAN JOSE LUIS Y OTROS C/ CIRCULO DEL PERSONAL SUPERIOR DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL S/ ESCRITURACION
Descripción: APELA HONORARIOS
EXPTE. Nº 0407/01/5
CARATULA: BREITMAN JOSE LUIS Y OTROS C/ CIRCULO DEL PERSONAL SUPERIOR DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL S/ ESCRITURACION
Viedma, noviembre de 2.006.-
Al escrito de fs. 908:
Por interpuesta aclaratoria.-
Siendo suficientemente clara la resolución dictada a fs. 898, a la aclaratoria solicitada no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que la intervención en autos del Dr. Guillermo Bustamante ha sido en el carácter de apoderado de la demandada (conf. fs. 338/339).-
Proveyendo a fs. 907:
Atento lo solicitado y el estado de autos, procédase a efectuar la anotación de litis con relación a los lotes inscriptos en la matrícula 18-13972 y 18-13973, siempre y cuando se encuentren inscriptos a nombre de la demandada. A tal fin líbrese el pertinente oficio al Registro de la Propiedad Inmueble. Tiénese presente la persona autorizada al diligenciamiento del oficio.-
Al escrito de fs. 908:
Por presentado, parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por interpuesto recurso de apelación. Concédase el mismo con los alcances del art. 244 del C. Pr.
De la fundamentación, córrase traslado a los letrados interesados por el término de ley.-
Cúmplase con las notificaciones faltantes de la resolución.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro