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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33185IV
Fecha: 2006-11-21
Carátula: SANDOVAL Verónica Analía c/ALANIS Mauro Fabián S/ Alimentos
Descripción: levanta emb.//a DEFENSORIA
General Roca, 21 de noviembre de 2.006.-
Téngase presente la conformidad prestada por la actora y déjese sin efecto el embargo sobre los haberes que tenga a percibir el demandado, ordenado a fs. 65.-
Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, intímese al ejecutado a depositar la cuota alimentaria fijada en autos a fs. 57, del 10 al 20 de cada mes, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 648 del C.P.C. Not.-
Asimismo intímese al demandado a realizar los trámites correspondientes para incluir al menor en la obra social, en el término de cinco días, bajo apercibimiento de ordenarlo judicialmente. Not.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro