Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0645/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-20

Carátula: OROÑO NESTOR ALBERTO Y LINARES ANA MARIA S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE ALIMENTOS

Descripción: INCIDENTE DE EJECUCION DE ALIMENTOS

EXPTE. Nº 0645/2006

CARATULA: OROÑO NESTOR ALBERTO Y LINARES ANA MARIA S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE ALIMENTOS

Viedma, noviembre de 2.006.-

Atento el estado de autos y habiendo sido devueltas las actuaciones principales (Expte. n° 184/96/5), teniendo a la vista las mismas certifíquese la documental acompañada.-

Tiénese por iniciada ejecución de alimentos por parte de la sra. Ana María Linares en contra del sr. Néstor Alberto Oroño, que tramitará por pieza separada al principal y por las disposiciones establecidas en el art. 648 y sgtes. del C. Pr.-

De conformidad a lo solicitado, intímase de pago al ejecutado para que en el plazo de 5 días abone la suma de $ 9.000 correspondientes a cuotas alimentarias adeudadas durante los últimos 5 años, bajo apercibimiento de embargo. Notifíquese.-

A demás, oportunamente.-

Déjese constancia en los autos principales de la iniciación del presente.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse dado cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Conste.-

Secretaria, noviembre 20 de 2.006.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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