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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0102/2006
Fecha: 2006-11-20
Carátula: MILLANAO AMBROSIO RICARDO C/ VOLKSWAGEN S.A. AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: prov
EXPTE. N° 0102/2006
CARATULA: MILLANAO AMBROSIO RICARDO C/ VOLKSWAGEN S.A. AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Viedma, noviembre de 2006.-
Agréguese la cédula acompañada.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que de la diligencia efectuada surge que la misma ha sido realizada ante personal de la empresa demandada, al igual que la ya efectuada a fs. 48, manifestando en ambas diligencias que no se encuentran autorizados a recibir la cédula, pero no se ha negado que el domicilio de la empresa sea el consignado en la cédula y dado que el Oficial de Justicia no ha efectuado la entrega de la cédula y copias de demanda por la negativa a su recepción, deberá librarse nueva cedula, haciéndosele saber al Oficial Notificador que en caso de negativa a recibirla deberá fijar la misma en la puerta de acceso al domicilio (conf. arts. 339, 140 y 141 C.Pr.).-
Toda vez que la copia de la nota acompañada carece de validez legal por ser fotocopia simple, devuélvase la misma a su presentante.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro