Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34197III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-12

Carátula: BANCO RIO DE LA PLATA SA c/VIDAL Félix R. y O. S/ Ejecutivo

Descripción: A cheque//a caja forense

General Roca, 12 de mayo de 2.005.-

Apruébase en cuanto ha lugar por derecho, la liquidación practicada a fs. 159 por la suma de $ 105,90 al 24.02.2005.-

Líbrese cheque a la orden de Oscar Pablo Hernandez, por la suma de $ 105,90 en concepto de saldo de liquidación.-

Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Santiago A. Hernandez y Verónica Hernandez en la suma de $ ............ y de $ ............- respectivamente (M.B. $ 1.856,84 -liquidación de fs.159-)

Téngase presente la caución ofrecida.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Al punto II: Téngase presente y del pedido de levantamiento de embargo, vista a Caja Forense.-.-

Téngase presente la oposición formulada en el punto III.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En .................. se libró cheque N* ............. CONSTE.-

En................... retiró cheque. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro