include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34900
Fecha: 2005-07-12
Carátula: OBREQUE ABARZUA Juan N. c/ MUNIC. GRAL. ROCA S/ Sumario
Descripción: a cédula
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
Sr. NESTOR F. ANDRADA (PERITO)
DOMICILIO: 9 DE JULIO 1425 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "OBREQUE ABARZUA Juan Nahor C/ MUNICIPALIDAD de GRAL. ROCA S/ Sumario" (Expte. 34.900-III-02) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 08 de JUNIO de 2005.- ...AUTOS y VISTOS...FALLO:..FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por el Sr. JUAN NAHOR OBREQUE ABARZUA contra la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA, y en su consecuencia condenando a esta última a abonar en los términos del art. 55 de la Constitución Provincial la suma de $ 1.449.- con más los intereses determinados en los considerandos.- Costas 90% a los demandados y 10% al actor.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Daniel Ernesto Cuomo en $185 .- Juan Marcelo Montero Etchemaite en $80.- Pablo Bergonzi en $80.- y los peritos Dr. Nestor F. Andrada en $ 45.- y Felix Daniel Perez en $90.- (M:B: $ 1.449.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).- Notifíquese ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 12 de julio de 2005 .-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro