include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37682
Fecha: 2006-11-14
Carátula: GANADERA RIO COLORADO S.H. C/EMELKA S.A. S/ Ordinario
Descripción: previo al inicio
General Roca, 14 de noviembre de 2.006.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Previo al traslado de la demanda, deberá estimarse el valor del objeto que reclama, a fin de resguardar el derecho de defensa de la contraria y de estimar el Impuesto de Justicia y Sellado de Actuación que deberá abonarse.-
Atento la naturaleza del contrato, la documental acompañada y siendo factible el peligro en la demora, se hace lugar a la medida cautelar solicitada, a cuyo fin líbrese oficio a la Socedad Rural de Choele Choel y al Senasa Delegación de Choele Choel, a fin de hacerles saber que no deberán emitir la documentación necesaria para disponer de los animales cuyo título de marca es 4.491, salvo al titular de la misma, Ganadera Río Colorado, Sociedad de Hecho.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 57/113.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
<*****>
Poder Judicial de Río Negro