Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14032-108-06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-13

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO / VAZQUEZ ROBERTO S/ COBRO DE PESOS - SUMARIO -

Descripción: sentencia

Expediente Nro.14032-108-06

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Tomo:

Interlocutorio / sentencia :

Folio:

Secretario: dra. Angela Alba Posse

///CARLOS DE BARILOCHE, de Noviembre de 2006.-

--- VISTO: Los autos caratulados: "PROVINCIA RIO NEGRO C/ VAZQUEZ, ROBERTO S/ COBRO DE PESOS - SUMARIO”, expte. nro. 14032-108-06 (Reg.Cám.), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los Dres. Edgardo J. Camperi, Luis María Escardó y Horacio C. Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria;----------------------------------------

--- Y CONSIDERANDO: Que a fs.150 vta. se concede la apelación interpuesta a fs.141 libremente y en efecto suspensivo.- Que a fs.163 se pone la causa en Secretaría a disposición de las partes a tenor del art. 259 del C.P.C.C.- Que las partes debidamente notificadas a fs. 164/166vta. Que el apelante no expresó los agravios correspondientes. Que la contraria solicita a fs.170 se declarede desierto el recurso interpuesto.- Por todo ello,---------------

LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

--- RESUELVE: I).- DECLARAR desierto el recurso de apelación interpuesto a fs. 141, con costas.------

--- II).- NOTIFIQUESE, regístrese, protocolícese y oportunamente vuelvan los autos a la instancia de origen.-

EDGARDO JORGE CAMPERI LUIS MARIA ESCARDO HORACIO CARLOS OSORIO

JUEZ JUEZ JUEZ

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

SECRETARIA DE CAMARA

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