include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14032-108-06
Fecha: 2006-11-13
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO / VAZQUEZ ROBERTO S/ COBRO DE PESOS - SUMARIO -
Descripción: sentencia
Expediente Nro.14032-108-06
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Tomo:
Interlocutorio / sentencia :
Folio:
Secretario: dra. Angela Alba Posse
///CARLOS DE BARILOCHE, de Noviembre de 2006.-
--- VISTO: Los autos caratulados: "PROVINCIA RIO NEGRO C/ VAZQUEZ, ROBERTO S/ COBRO DE PESOS - SUMARIO”, expte. nro. 14032-108-06 (Reg.Cám.), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los Dres. Edgardo J. Camperi, Luis María Escardó y Horacio C. Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria;----------------------------------------
--- Y CONSIDERANDO: Que a fs.150 vta. se concede la apelación interpuesta a fs.141 libremente y en efecto suspensivo.- Que a fs.163 se pone la causa en Secretaría a disposición de las partes a tenor del art. 259 del C.P.C.C.- Que las partes debidamente notificadas a fs. 164/166vta. Que el apelante no expresó los agravios correspondientes. Que la contraria solicita a fs.170 se declarede desierto el recurso interpuesto.- Por todo ello,---------------
LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
--- RESUELVE: I).- DECLARAR desierto el recurso de apelación interpuesto a fs. 141, con costas.------
--- II).- NOTIFIQUESE, regístrese, protocolícese y oportunamente vuelvan los autos a la instancia de origen.-
EDGARDO JORGE CAMPERI LUIS MARIA ESCARDO HORACIO CARLOS OSORIO
JUEZ JUEZ JUEZ
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
SECRETARIA DE CAMARA
<*****>
Poder Judicial de Río Negro