Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0144/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-10

Carátula: SALICIONI ARMANDO PRIMO C/ COSTA JORGE HECTOR S/ ORDINARIO

Descripción: CLAUSURA

EXPTE. Nº 0144/2005.-

CARATULA: SALICIONI ARMANDO PRIMO C/ COSTA JORGE HECTOR S/ ORDINARIO.-

Viedma, noviembre de 2006.-

Por constituido nuevo domicilio. Not.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

e.z.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

Documental: Tiénese presente (reservada en Secretaría S-10/05).-

Testimonial: De la sra. Analía Cufre a fs. 308 y de los sres. Jorge Félix Frías, Norberto Fernandez, Emilio Ghersinich y Josefa Araceli Malvar de Ghersinich se declaró la caducidad a fs. 298.-

Confesional: Se declaró la negligencia a fs. 374.-

Informativa: Del Registro de la Propiedad Inmueble a fs. 315/331.-

Pericia de tasación: Se declaró la negligencia a fs. 370.-

Pericia de agrimensor: Se declaró la negligencia a fs. 370.-

Pericia caligráfica: Informe pericial a fs. 355/362.-

Reconocimiento judicial: Se declaró la negligencia a fs. 374.-

PARTE DEMANDADA:

Documental: Tiénese presente.-

Instrumental: El Expte. n° 561/02/J1, agregado por cuerda y el Expte. n° 114974/9 caratulado: Gomez María Estela s/ Sucesión reservado en Secretaria bajo registro S-10/05.-

Confesional: Del actor, se le dio por decaido el derecho (fs. 383).-

Informativa: A la Dirección de Catastro a fs. 387 (Expte. reservado en Secretaría bajo registro S-10/05) y a la Municipalidad de Viedma a fs. 394/399.-

Pericia calígrafica: Informe pericial a fs. 355/362.-

SECRETARIA, noviembre de 2006.-

e.z

Ana Carolina Soccia

Secretaria

Viedma, noviembre de 2006.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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