include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0144/2005
Fecha: 2006-11-10
Carátula: SALICIONI ARMANDO PRIMO C/ COSTA JORGE HECTOR S/ ORDINARIO
Descripción: CLAUSURA
EXPTE. Nº 0144/2005.-
CARATULA: SALICIONI ARMANDO PRIMO C/ COSTA JORGE HECTOR S/ ORDINARIO.-
Viedma, noviembre de 2006.-
Por constituido nuevo domicilio. Not.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
e.z.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
Documental: Tiénese presente (reservada en Secretaría S-10/05).-
Testimonial: De la sra. Analía Cufre a fs. 308 y de los sres. Jorge Félix Frías, Norberto Fernandez, Emilio Ghersinich y Josefa Araceli Malvar de Ghersinich se declaró la caducidad a fs. 298.-
Confesional: Se declaró la negligencia a fs. 374.-
Informativa: Del Registro de la Propiedad Inmueble a fs. 315/331.-
Pericia de tasación: Se declaró la negligencia a fs. 370.-
Pericia de agrimensor: Se declaró la negligencia a fs. 370.-
Pericia caligráfica: Informe pericial a fs. 355/362.-
Reconocimiento judicial: Se declaró la negligencia a fs. 374.-
PARTE DEMANDADA:
Documental: Tiénese presente.-
Instrumental: El Expte. n° 561/02/J1, agregado por cuerda y el Expte. n° 114974/9 caratulado: Gomez María Estela s/ Sucesión reservado en Secretaria bajo registro S-10/05.-
Confesional: Del actor, se le dio por decaido el derecho (fs. 383).-
Informativa: A la Dirección de Catastro a fs. 387 (Expte. reservado en Secretaría bajo registro S-10/05) y a la Municipalidad de Viedma a fs. 394/399.-
Pericia calígrafica: Informe pericial a fs. 355/362.-
SECRETARIA, noviembre de 2006.-
e.z
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, noviembre de 2006.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro