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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1188/01/5
Fecha: 2006-11-10
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ GERONIMO ELIZABETH ROSANA S/ EJECUTIVO
Descripción: OFICIO PARA PEDIR INFORMES A CUALQUIER LUGAR
Viedma, noviembre de 2006.-
A
Aguas Rionegrinas S.A.
SU DESPACHO
OFICIO N°
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: CREDIL S.R.L. C/ GERONIMO ELIZABETH ROSANA S/ EJECUTIVO (Expte. Nº 1188/01/5), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaria única, a fin de requerirle proceda a levantar el embargo decretado sobre los haberes de la sra. Elizabeth Geronimo que fuera comunicado por oficio n° 1489/06.-
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: Viedma, noviembre de 2.006.- Atento el estado de las presentes actuaciones y habiéndose cancelado el crédito de autos, levántese el embargo decretado a fs. 137. A tal fin ofíciese a Aguas Rionegrinas S.A.- Fdo. Dr. Alejandro J. E. Moldes - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro