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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33108III
Fecha: 2006-11-09
Carátula: SAN MARTIN Juan B. en: LAMA Juan C. s/quiebra S/ Inc.ejec.honorarios
Descripción: Regulacion
//neral Roca, 09 de NOVIEMBRE de 2006.-
Regulo los honorarios del Dr. Alberto Brossard (fs.97) en la suma de $ 90.-, de la Dra. Alejandra Márquez (fs.132) en $ 90.-, del Dr. Neri Fuentes (fs.256) en $ 90.- y de la perito Daniela G. Hernández (fs.230) en la suma de $ 100.- (MB: $10.000.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 33 ley 2212 RN y 287 de la LCQ).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Se hace saber que a los Síndicos actuantes se les regulará en la causa principal.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro