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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36774
Fecha: 2006-11-09
Carátula: GOBBI Graciela c/ VERA OYARZO Francisco A. S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo sueldos.-
//neral Roca, 09 de Noviembre de 2006.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la firma empleadora MARIO CERVI E HIJOS SACIAFEI con domicilio en calle Aguado 2700 de la ciudad de Neuquén, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 578,86 en concepto de capital con más la suma de $ 200 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca, a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado a cuyo fín pasen los presentes al Despacho del Sr. Defensor de Ausentes Dr.GAYA.-
Sin perjuicio de lo ordenado, líbrese oficio al BANCO PATAGONIA SA sucursal local a fin de que informe el saldo existente en la cuenta judicial de autos ó en su defecto acompañése certificación bancaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro