Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0586/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-11-08

Carátula: VAN DE COUTER MARCELO LEOPOLDO Y ESPINOSA ROXANA ELIZABETH S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0586/2006

CARATULA:VAN DE COUTER MARCELO LEOPOLDO Y ESPINOSA ROXANA ELIZABETH S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Viedma, noviembre de 2006.-

Atento lo solicitado y en los términos del art. 502 del C. Pr., trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, sr. Marcelo Leopoldo Van de Couter como empleado de la Policía de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 420 en concepto de honorarios regulados más el aporte a la Caja Forense, con más la suma de $ 192 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro